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Abogados Penalistas y Despachos de abogados Penal - Derecho Penal

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Preguntas sobre abogados penalistas y despachos de abogados penal - derecho penal

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Ouadir Ouadir - Barcelona
Hola buenas tardes,
Resulta que me acusan de delito de receptacion y conductas afines, explico:

Yo en febrero de este año compre un patinete electrico en la calle quedando por Qallapop.
Pues hace como un mes asi mi hermano pequeño salio con el patinete, lo paro la policia y se lo quitaron porque era robado, yo el dia siguiente sin saber que era robado ni nada acudo a comisaria diciendoles que me den mi patinete que se lo habian quitado a mi hermano, y me dicen que si el patinete era mio me toman la documentacion y me dicen ven a declarar mañana como investigado que el patinete es robado, fui a declarar me trajeron un abogado de oficio y me dijo que no declare nada hasta el juicio. Hoy me ha llegado la carta del juicio y pone que me acusan del hurto del patinete o de receptacion, pone las dos cosas y no entiendo de cual me acusan, he perdido el chat de Wallapop y no consigo recuperarlo hasta me he puesto en contacto con ellos. Ahora estoy preocupado y no se como puede acabar esto, si me podeis explicar aver que hago, si seguir con el abogado de oficio o ir a otro privado.
Gracias


anónimo Salvador - Barcelona
Estoy pendiente juicio oral juzgado violencia de genero en el que se me acusa de:un delito de coacciones en el ámbito familiar penado por art. 172.2 y tercer párrafo de dicho articulo del C.P. , un delito leve de coacciones penado pot art. 172.3y segundo párrafo de dicho articulo del C.P. ,un delito de daños penado por art. 263.1 C.P. basándose en dilig. previas: En una denúncia presentada por mi exesposa y mi hija,mayor de edad,en la que se relatan una serie de hechos que son totalmente falsos o inexactos, por la cual se solicitan:10 meses de prisión e inhabiitación especial ,alejamiento de mi exposa durante 3 años,delito leve de coacciones,20 dias de localizacion permanente y alejamiento de mi hija durante 6 meses y multa de seis mesesde 8€ diarios con eximente de trastorno mental modificativa de la responsib.criminal,basada en art.21.7ª,en relación al 21.1ª y 20.1ª C.P.,se me notifica en mayo 2019 por hechos sucedidos en setiembre 2018,es decir una situación totalmente absurda,qué puedo hacer ante esta situación,cuando me he leido la denuncia de mi exesposa y mi hija,está hecha mintiendo descaradamente y el fiscal se basa unicamente en lo relatado por mi exesposa y aun no se me ha tomado declaración,me siento totalmente desamparado ante esta situación
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¿Qué es abogados penalistas y despachos de abogados penal - derecho penal?

El Derecho Penal no se ocupa únicamente de establecer que conductas son consideradas delito y que pena les corresponde, sino que trata de proteger a la sociedad castigando a quien obra fuera de lo que la sociedad entiende como correcto, pero los castigos no sólo consisten en penas de cárcel, también hay penas de servicio a la comunidad, como también pueden dictarse medidas de seguridad. Lo que debe de quedar claro es que para poder castigar a la gente deben de existir pruebas claras que demuestren el delito que ha cometido, ya que si no hay pruebas no hay forma de poder condenar a nadie.

Toda la legislación básica del Derecho Penal se encuentra recogida en un libro llamado Código Penal, en él aparecen toda la serie de delitos y faltas que pueden cometerse y las penas que corresponde a cada una de ellas. Este código se trata de una ley orgánica, esto quiere decir que para su aprobación, modificación o derogación exigirá la mayoría absoluta del Congreso, y lo largo de toda su historia ha sufrido modificaciones de todo tipo.

Este Código viene perfectamente estructurado en un título preliminar y 3 libros con todas las materias que conciernen al Derecho Penal, todo ello dividido según cuál sea el bien jurídico protegido. Éste está compuesto de 639 artículos debido a que las materias de las que trata son muy amplias y variadas, como pueden ser: el homicidio, el aborto, las lesiones, omisión del deber de socorro, delitos contra el patrimonio, contra la libertad, contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexual, contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, contra el honor, contra las relaciones familiares, contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, contra la seguridad colectiva, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, entre otros muchos. Pero no sólo trata estos delitos, sino que también aparecen reguladas las faltas correlativas a algunos de estos delitos, como son: faltas contra las personas, contra el patrimonio, los intereses generales y el orden público.

Una vez hecha esta introducción sobre el Derecho Penal queda más claro cuál es el trabajo de los abogados penalistas, pero se puede hablar de forma más específica de todo el trabajo que estos abogados pueden realizar.

En materia de defensa un abogado penalista se puede encargar de la defensa tanto en juicios penales, como en juicios con jurado. La diferencia entre estos dos juicios es que en el primero quien te juzga es un juez del Estado, mientras que en el segundo es un tribunal formado por los propios ciudadanos, los cuales son elegidos de forma arbitraria. Otra de sus funciones es prestar defensa en juicios de menores, o asistencia al detenido tanto ante la policía como en el juzgado.

 

Abogados Penalistas - Injurias y calumnias

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¿Cuándo nos encontramos ante un ACOSO SEXUAL? El origen de la conducta de acoso sexual, tipificada en el artículo 184 Código Penal, es la solicitud o propuesta de favores de carácter sexual, bien sea verbal o gesticular, insistentemente. Por esta razón no podemos confundirla con abuso sexual (artículo 181 Código Penal), la cual viene ligada con acciones como tocamientos u otras manifestaciones similares, sin autorización alguna del sujeto pasivo.

El Código Penal, en su primer apartado del artículo 184 Código Penal (tipo base), define muy claramente la figura de acoso sexual, de tal manera que “el que solicitare favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil y humillante, será castigado como autor de acoso sexual con la pena de tres a cinco meses o multa de seis a diez meses”.

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