El blanqueo de capitales es un delito socioeconómico, que en la actualidad, no cuenta con límites fronterizos entre los Estados debido a la globalización y al desarrollo de las nuevas tecnologías.
El blanqueo de capitales se encuentra regulado dentro del Capítulo XIV del Código Penal (CP), en los artículos 298 y siguientes. Este delito, también conocido como “lavado de dinero” o “lavado de capitales”, es el conjunto de mecanismos o procedimientos destinados a dotar de apariencia legal aquellos bienes o activos de origen ilícito. El artículo 301 CP exige que esos bienes procedan de una actividad delictiva cometida tanto en España como en el extranjero
La utilización de monedas virtuales o criptomonedas como método para blanquear capitales
20 de junio de 2018 Tema: Penalista Comentar
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